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UN ESPACIO PARA LA VOZ DE LOS CONSUMIDORES

El Movimiento Iniciativa de los Consumidores, Asociación Civil sin fines de lucro, fundada en el año 1989, miembro de la Red Internacional de Consumidores, Consumers International y del Consejo Latinoamericano y del Caribe de Organizaciones de Consumidores, te invita a compartir este espacio de discusión, debate, información sobre todas aquellas materias de interès de los consumidores: derechos, deberes, temas de interès global, cambio climático, normas, responsabilidad social empresarial, seguridad alimentaria, etc. Tambien es un espacio para promover acciones y emprender campañas en beneficio de los ciudadanos consumidores

La Responsabilidad social de las empresas es asunto de:

viernes, 26 de agosto de 2011

Movimiento Iniciativa de los Consumidores exige al gobierno protección al consumidor financiero

Barcelona.- El Movimiento Iniciativa de los Consumidores, a cargo de Milagros Villafane, exigió al Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Planificación y Finanzas, fijar posición en torno a la protección del consumidor financiero, lo cual a consideración de dicho organismo es de vital importancia para el bienestar de millones de consumidores en este sentido y forma parte integral de la estabilidad y solidez del sector financiero en sí.

Villafane manifestó que llevaron a consulta pública un documento que recoge los principios de alto nivel sobre protección del consumidor financiero de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el cual se lo harán llegar al ministro Jorge Giordani.

Destacó que la misión de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD) es el promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, mientras que el Movimiento Iniciativa de los Consumidores es una asociación civil sin fines de lucro, fundada en el año 1989 con el objeto de defender los derechos de los consumidores y representar a los mismos antes las diferentes instancias de los poderes públicos.

En este sentido, Villafane manifestó que preocupados por la crisis financiera mundial , que ha afectado a todos los países y particularmente, por la situación del sector bancario y de seguros en Venezuela en los últimos años, que llevó a la intervención de un gran número de bancos, afectando los intereses de los consumidores, cuyos depósitos fueron trasladados de una entidad a otra, ocasionando las inconvenientes del caso, aparte de la escasa información sobre las condiciones y riesgos de créditos y otras inversiones; es necesario tomar en cuenta los principios de alto nivel sobre protección del consumidor financiero elaborado por la OCDE.

Últimamente se ha acordado mucha atención internacional a la estabilidad de los bancos, pero al mismo tiempo se han desatendido las necesidades de los consumidores de servicios financieros comparativamente. Los principios de la OCDE podrían ser un primer paso para abordar esta importante omisión, dijo.

Las organizaciones de consumidores cuentan con considerable experiencia y pericia en este ámbito y agradecen la oportunidad de contribuir en la elaboración de estos principios, agregfò.

Las respuestas elaboradas por Consumers International, la Federación Internacional de Organizaciones de Consumidores, de la cual el “Movimiento Iniciativa de los Consumidores” es miembro, llaman la atención sobre el grado de compromiso que se necesita para abordar las inquietudes de los consumidores respecto de la protección del consumidor financiero. Con demasiada frecuencia estos principios son menoscabados por expresiones tales como voluntario no vinculante y según convenga, expresó.

Dijo que los pasivos de los consumidores, tales como los depósitos bancarios, deben ser garantizados. Los sistemas de garantía de depósitos son una protección para todos los participantes, no sólo para los consumidores. La estabilidad del sistema también queda protegida por una garantía que disuade a los consumidores de realizar retiros de sus cuentas bancarias guiados por el pánico.

Debería hacerse una clara referencia al derecho de las autoridades reguladoras de exigir que los productos cumplan con ciertas normas para poder ser lanzados al mercado o seguir siendo comercializados, así como instar a los gobiernos a respaldar el desarrollo de una organización internacional que impulse la protección del consumidor financiero, apuntó.

martes, 23 de agosto de 2011

Campaña de CI por servicios financieros justos


Comunicación del MIC al Ministro de Planificación y Finanzas de Venezuela





Ciudadano

JORGE GIORDANI

Ministro del Poder Popular para la Planificación y Finanzas

De la república Bolivariana de Venezuela

Su Despacho.-

C.C. Eylde Gracia. Viceministra de Finanzas

C.C. Máximo Rohjas, Director del Despacho

Caracas, 23 de Agosto de 2011

Consulta pública sobre el borrador de principios de alto nivel sobre protección del consumidor financiero de la OCDE

Ciudadano Ministro:

El Movimiento Iniciativa de los Consumidores es una asociación civil sin fines de lucro, fundada en el año 1989 con el objeto de defender los derechos de los consumidores y representar a los mismos antes las diferentes instancias de los poderes públicos.

Preocupados por la crisis financiera mundial , que ha afectado a todos los países y particularmente, por la situación del sector bancario y de seguros en Venezuela en los últimos años, que llevó a la intervención de un gran número de bancos, afectando los intereses de los consumidores, cuyos depósitos fueron trasladados de una entidad a otra, ocasionando las inconvenientes del caso, aparte de la escasa información sobre las condiciones y riesgos de créditos y otras inversiones; quisiéramos aprovechar esta oportunidad para hacer notar nuestro punto de vista acerca del borrador de principios de alto nivel sobre protección del consumidor financiero elaborado por la OCDE.

La protección del consumidor financiero es de vital importancia para el bienestar de millones de consumidores en todo el mundo y forma parte integral de la estabilidad y solidez del sector financiero en sí.

Últimamente se ha acordado mucha atención internacional a la estabilidad de los bancos, pero al mismo tiempo se han desatendido las necesidades de los consumidores de servicios financieros comparativamente. Los principios de la OCDE podrían ser un primer paso para abordar esta importante omisión.

Las organizaciones de consumidores cuentan con considerable experiencia y pericia en este ámbito y agradecen la oportunidad de contribuir en la elaboración de estos principios, si bien el actual borrador suscita una gran preocupación.

Adjunto un breve resumen de la respuesta elaborada por Consumers International, la federación internacional de organizaciones de consumidores, de la cual el “Movimiento Iniciativa de los Consumidores” es miembro. En particular, quisiera llamar su atención sobre los siguientes puntos:

  • En líneas generales el borrador no refleja el grado de compromiso que se necesita para abordar las inquietudes de los consumidores respecto de la protección del consumidor financiero. Con demasiada frecuencia estos principios son menoscabados por expresiones tales como ‘voluntario’ ‘no vinculante’ y ‘según convenga’.

  • Debería hacerse una clara referencia al derecho de las autoridades reguladoras de exigir que los productos cumplan con ciertas normas para poder ser lanzados al mercado o seguir siendo comercializados.

  • Por último, CI insta a los gobiernos a respaldar el desarrollo de una organización internacional que impulse la protección del consumidor financiero. A FinCoNet, la red internacional actual de organizaciones de protección del consumidor financiero, debería brindársele respaldo político además de los recursos necesarios para que pueda desempeñar un papel más efectivo a nivel global.

Le pedimos que incluya estos puntos en su presentación ante la OCDE. Todos los países pueden realizar sus presentaciones ante la OCDE. Más información sobre el proceso se encuentra disponible en http://www.oecd.org/document/61/0,3746,en_2649_15251491_48469949_1_1_1_1,00.html

Si usted desea analizar los principios en detalle me complacerá reunirme con usted o con un miembro de su personal en cuando usted lo estime conveniente.

Milagros Villafane

Presidenta MIC

Adjunto: Respuesta de Consumers International al borrador de principios de alto nivel sobre protección del consumidor financiero de la OCDE.



Comentarios de Consumers International sobre el borrador de principios de alto nivel sobre protección del consumidor financiero de la OCDE

(Consulta pública, agosto de 2011)

Respuesta sumaria

La elaboración de los principios del alto nivel de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, OCDE, sobre protección del consumidor financiero fue solicitada por los ministros de finanzas del G20 durante su reunión de febrero de 2011 en París. Junto con el trabajo que estaba siendo realizado por el Consejo de estabilidad financiera (FSB, por sus siglas en inglés) a solicitud de los líderes del G20, es una respuesta a la profunda inquietud con respecto del impacto producido por la débil protección del consumidor financiero en consumidores individuales y también con respecto a la estabilidad del sistema financiero.

Si bien mucho de lo que hay en el borrador de principios de la OCDE es bien recibido, Consumers International (CI) tiene profundas inquietudes en relación con el tono general de los principios y con algunos de sus aspectos específicos, tal como se subraya a continuación.

En términos generales, es demasiada la frecuencia con que estos principios son menoscabados por expresiones tales como ‘voluntario’, ‘según convenga’ y ‘si fuese necesario’. Es asombroso que la crisis financiera ni siquiera se mencione. CI recomienda enfáticamente que la OCDE utilice un lenguaje más enérgico, que refleje el compromiso del G20 con este desafío y con la gravedad de los problemas que se están abordando.

La futura aplicación y uso de los principios: Se necesita una mayor orientación en el documento en cuanto a la forma en que los principios conducirán a mejoras reales en la protección del consumidor financiero. En relación con este punto, quisiéramos ver un respaldo específico para la creación de una organización internacional permanente, con un comité independiente de consumidores, que monitoree, asesore e impugne. El texto parece limitar el escrutinio internacional únicamente al ámbito de las transacciones internacionales. Queremos que las políticas nacionales sean examinadas a nivel internacional, ya que la débil protección del consumidor financiero provoca que los efectos de las malas prácticas traspasen las fronteras nacionales.

Según se establece en los principios, este trabajo es altamente relevante para “otras economías interesadas”. Las economías de los países G20 representan el 80 a 85% del PIB global y las instituciones del G20 gravitan en forma considerable en las economías no pertenecientes al grupo. Por lo tanto, los resultados de este proceso afectarán casi al total de la economía global.

Nuestra evaluación del borrador de principios

1. Marco legal y regulatorio: Debe quedar claro que la regulación de productos debe aplicarse a todas las entidades, incluyendo a los proveedores mayoristas, y no sólo a quienes tratan directamente con los consumidores. Proponemos una redacción que elimine la actual ambigüedad. También nos preocupa que la referencia a la publicidad haya sido eliminada de un borrador anterior.

Recomendamos que los principios incluyan la necesidad de que los reguladores impongan normas mínimas a los productos financieros con el fin de garantizar que los términos de los contratos y sus tarifas sean justos y comprensibles. Recomendamos además que los principios fomenten un modelo simplificado de los productos financieros. CI no niega que

algunos productos deban tener complejidades inherentes, pero la complejidad puede ser innecesaria y poco deseable.

2. El papel de los organismos de control: Recomendamos que los principios incluyan el derecho de las autoridades reguladoras de exigir que los productos cumplan con ciertas normas para poder ser lanzados al mercado o seguir siendo comercializados. Al igual que con los productos peligrosos, esto implica la capacidad de prohibirlos, si bien estimamos que es preferible que los productos simplemente sean retirados del mercado en los casos donde haya incumplimiento.

3. Trato imparcial y justo de los consumidores: El texto debería dejar en claro que todos los clientes deben recibir un trato justo y deben ser protegidos de las discriminaciones arbitrarias. El término “trato no discriminatorio” fue eliminado de un borrador anterior y debería ser restituido.

4. Divulgación y transparencia: Nos complace el sentido de este principio, en especial en lo que dice relación con las advertencias sobre productos complejos, y el fomento de la comparabilidad entre productos, pero ciertos factores clave, en particular los de relación con los costos y exactitud de la información, fueron relegados a una nota al pie de página y no figuran en el texto principal. Aún más, así como se espera de los consumidores que proporcionen información relevante, de igual manera debería esperarse que los proveedores de servicios la soliciten.

5. Educación y conocimientos financieros: CI respalda firmemente la educación del consumidor, pero los conocimientos financieros básicos, sin importar cuan perfectos sean, no evitarán jamás que los consumidores que estén pasando por apuros acepten un crédito, y tampoco aumentan su capacidad de resistirse a la publicidad o prácticas de mercadotecnia agresivas. El hecho de que muchos reguladores hayan fracasado en seguir el ritmo del desarrollo de productos es prueba de la necesidad de ser realistas. Proponemos una redacción que mencione que la educación del consumidor no debe considerarse como algo que reduce la necesidad de que el sector sea regulado.

6. Una conducta empresarial responsable de los proveedores de servicios financieros y de sus agentes autorizados: Acogemos con satisfacción gran parte de este principio, pero estimamos que la responsabilidad por el comportamiento de los agentes no debe quedar limitada a agentes ‘vinculados’ a los proveedores de servicios financieros. Recomendamos un ‘deber de diligencia’ para los intermediarios, a fin de exigirles un proceder en el mejor interés de sus clientes, tal como ocurre en algunos países. Apreciamos la referencia a la necesidad de evitar conflictos de intereses, si bien recomendamos que se reintegren las disposiciones sobre divulgación de remuneraciones presentes en los borradores anteriores, ya que estas tienen más fuerza que la referencia actual sobre divulgación. Además buscamos mecanismos de supervisión del cumplimiento con las normativas que rigen los conflictos de interés.

7. Protección de los derechos del consumidor: Este principio debería recibir una nueva denominación como “Protección de los activos del consumidor” y estimamos que debería restablecerse la propuesta de garantías para los activos de los consumidores, tales como depósito bancario, que figuraba en un borrador anterior. Sin esta propuesta, este principio no es aceptable. Nos preocupa en sumo grado que este principio se haya debilitado aún más con términos tales como “en la medida de lo posible”. Los sistemas de garantía de depósitos son una protección para todos los participantes, no sólo para los consumidores. La estabilidad del sistema también queda protegida por estas garantías que disuaden a los consumidores con respecto a realizar retiros de sus cuentas bancarias guiados por el pánico. Además favorecemos la delimitación de la banca de inversiones y de retail a fin de reducir el riesgo de contaminación cruzada.

8. Protección de la información y privacidad del consumidor: Acogemos este principio, y sugerimos una pequeña enmienda a objeto de que se efectúe con prontitud la rectificación de la información incorrecta sobre los consumidores.

9. Gestión de los reclamos: Lamentamos el cambio en el título, que se aparta del anterior: “Gestión y compensación de reclamos”. Los reclamos de los consumidores bien podrían no tener sentido si no hay disponible una compensación. Es necesario dejar en claro que si bien normalmente los consumidores acudirían en primer lugar al proveedor de servicios con objeto de resolver un reclamo, esto no debería ser un obstáculo para recurrir a otros mecanismos independientes para resolver conflictos.

Apreciamos la recomendación de reunir información con respecto a reclamos y de hacer pública la información adicional (por ejemplo, no-personalizada). Estos resultados podrán informar a la regulación ascendente del mercado, ayudarán a alertar a los consumidores sobre abusos y serán una fuerza disuasiva contra las malas prácticas en el sector.

10. Competencia: Recomendamos la intervención del estado en el sector de servicios financieros, en razón a que la estabilidad financiera debería quedar sujeta a exámenes que se basen en ‘pruebas de interés público’ a fin de enriquecer la competencia. Esto servirá para evitar la ventaja injusta que algunos proveedores han obtenido de la ayuda del estado. La redacción del principio en el que se busca fomentar una mayor facilidad para que los consumidores puedan cambiar sus proveedores de servicios debiera ser más enérgica.

Para obtener una copia (en inglés) más pormenorizada de la respuesta de CI al borrador de los principios de alto nivel sobre protección financiera del consumidor de la OCDE, envíe un correo electrónico a campaigns@consint.org.